Hace poco murió Tina, la tía de la enfermera Lorena Gómez. Era una mujer dulce y frágil de 86 años, que tenía desde hace diez un diagnóstico de Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica —EPOC— exacerbado. Hace cinco años sufrió una caída que le ocasionó una fractura de hombro y muñeca, y tuvo una pérdida paulatina de la movilidad que terminó por postrarla en una cama en esa misma época. La tía Tina necesitaba ayuda para levantarse, para bañarse y para sentarse a charlar con su familia.
La situación le hizo perder masa muscular. Comía muy poco, estaba inapetente. Su último diagnóstico fue sarcopenia, una condición muy difícil de recuperar que consiste en el consumo de la propia proteína contenida en los músculos para obtener energía. Es el estado último de la desnutrición. Lorena es una enfermera compasiva y entregada a su familia, que, actuando desde el amor, varias veces habló con Tina sobre la posibilidad de ayudarla a morir si ella lo deseaba. Se negó.
Hace aproximadamente un mes a la tía Tina le dio una diarrea grave; once pañales cambiados en un solo día. Se descompensó y la llevaron a urgencias dos veces. La primera vez la devolvieron a la casa con un diagnóstico de gastroenteritis e indicación de tratarla con suero oral y Enterogermina, un probiótico. Al día siguiente regresaron con ella a urgencias, pero el sistema estaba colapsado y les ofrecieron dejarla en una silla. De manera completamente consciente y por primera vez, la tía Tina le dijo al médico que la ayudara a morir. Él dijo que antes necesitaban una orden de hospitalización de un geriatra.
El geriatra particular, a quien le presentaron el caso y la solicitud específica del deseo de Tina de morir, dejó constancia en la historia clínica. Sin embargo, señaló que no cumplía con los criterios para acceder a alguno de los mecanismos del Derecho a Morir Dignamente, porque, entre otras cosas, no tenía un dolor que fuera insoportable.

Después de ir primero a la Clínica Avidanti, donde les informaron que su Entidad Promotora de Salud —EPS, Salud Total, no tenía red, Tina terminó en el hospital Santa Sofía de Manizales. Por fin había cama en el servicio de urgencias. El médico general que la atendió leyó la historia clínica donde constaba la solicitud específica de sedación paliativa y le dijo a la familia: “aquí no matamos gente”. A pesar de esto le pidieron al doctor que la estabilizara y éste autorizó su hospitalización un viernes, con la expectativa de la evaluación por geriatría; una que solo llegó hasta el martes siguiente y debido al ruego de los familiares.
Los médicos generales de ronda de Santa Sofía señalaron que Tina era apta para sedación paliativa, pero el lunes una doctora, residente de geriatría, la negó argumentando que no cumplía con los criterios. Ese día la tía de Lorena abrió los ojos y saludó a la doctora. Esto fue suficiente para que la médica dijera que Tina estaba bien. Mientras tanto ella se quejaba del dolor, se llenó de peladuras en el sacro, en los talones y en los codos. Se seguía debilitando y empezó a agonizar en medio de todo ese sufrimiento innecesario.
El martes temprano, Lorena y su familia, desesperados, le dijeron a la médica de turno que si la tía no cumplía con los criterios para la sedación paliativa, ¿qué se podía hacer por ella para cambiar su situación de manera radical? Pedían opciones. Lo que fuera. Solo en ese momento Tina fue evaluada por una geriatra que aprobó la sedación paliativa. Cinco días agonizó esta mujer, sin una ayuda que le hiciera menos difícil su tránsito a la muerte. Murió el miércoles 24 de septiembre a las 7:00 a. m.

La eutanasia en las normas colombianas
Según la normativa vigente en Colombia nada de esto ha debido pasarles a Tina y a su familia. Ante la solicitud de un paciente de recurrir al mecanismo de la eutanasia las instituciones de salud del país están obligadas a activar un comité científico interdisciplinario en menos de 24 horas que evalúe el caso y que decida en menos de diez días si aprueba o rechaza la petición. Si ésta es aceptada, la clínica debe prestar el servicio a través de una de las 124 Instituciones Prestadoras de Salud — IPS que en toda Colombia están listas para hacerlo. A pesar de que Caldas tiene más de 900 IPS, solo tres tienen el servicio contratado, todas están en Manizales: El SES, Ospedale y Oncólogos de Occidente.
¿Qué es lo que sucede con el Sistema de Salud que falla en procurar este servicio a los pacientes?
La Resolución 971 de 2021 indica que:
- El médico general a quien la tía Tina le dijo por primera vez que quería morir pudo iniciar el proceso aún sin la orden de hospitalización del geriatra.
- El geriatra particular que la atendió pudo iniciar el proceso sin necesidad de hospitalizarla.
- El médico general de Santa Sofía no debió decir “aquí no matamos gente”. Esto es ilegal, además de despiadado.
- Los médicos generales que hicieron ronda en Santa Sofía debieron iniciar el proceso, no tenían que esperar a un geriatra.
- La residente de geriatría no ha debido negar la sedación paliativa y ha debido iniciar el proceso para la eutanasia.
- No es responsabilidad de ningún médico individual determinar si una persona cumple o no con los criterios para acceder a la eutanasia. Esa responsabilidad corresponde a un comité científico interdisciplinario que cualquiera de ellos puede y debe activar.
- La sedación paliativa y la eutanasia son cosas diferentes. Mientras la eutanasia busca causar en un solo acto la muerte de la persona que cumple con los requisitos, la sedación paliativa es una medida de alivio para disminuir la conciencia y ayudar a disminur el dolor de quienes están en un proceso de final de vida.
- La sedación paliativa no requiere la autorización de un comité, es discrecional del médico tratante y hace parte de los cuidados paliativos. No es un camino para acelerar la muerte.
La tía Tina solicitó su derecho a morir dignamente y este le fue negado.
El Ministerio de Salud y Protección Social ha comunicado, gracias a órdenes impartidas por la Corte Constitucional, los protocolos que deben activarse ante una solicitud de Muerte Digna que están contenidos en la Resolución 971 de 2021. Es responsabilidad de las IPS garantizar que los profesionales de la salud que trabajan allí estén debidamente enterados de lo que esta norma contiene.

¿Cuál es el panorama actual de la muerte digna en el Eje Cafetero?
DescLAB, el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, es una firma de abogados que se dedica a defender derechos emergentes y que lleva casos de personas a quienes les han negado el derecho a morir dignamente. DescLab presentó tres informes sobre los avances en la implementación de este derecho.
La eutanasia, que es apenas uno de los cuatro mecanismos para la muerte digna en Colombia, está despenalizada desde 1997, pero solo desde 2015 el Ministerio de Salud y Protección Social, por orden de la Corte Constitucional, reguló el acceso y se comenzó a sistematizar información sobre este procedimiento. Los otros tres mecanismos son los cuidados paliativos, la adecuación del esfuerzo terapéutico y la asistencia médica al suicidio.
Según los datos recogidos por DescLab sobre la muerte digna en el Eje Cafetero, en estos casi diez años de registro se han realizado 58 procedimientos de eutanasia. 49 de ellos en Risaralda, seis (6) en Caldas y tres (3) en Quindío. El eje Cafetero tiene aproximadamente 2,6 millones de habitantes. De ellos el 40% vive en Caldas, el 38% en Risaralda y el 22% en Quindío.
Contrasta con la información sobre las solicitudes de eutanasia, que solo se registran desde 2021: hay reporte de 55 en Risaralda, 22 en Caldas y 20 en Quindío. Existe un subregistro derivado del desconocimiento de los médicos sobre cómo se debe proceder cuando un paciente solicita este derecho.
“El Eje Cafetero muestra un panorama desigual dentro de la misma región. Mientras Risaralda concentra la mayoría de los procedimientos y presenta tasas de aprobación destacables, departamentos vecinos apenas superan el 0,5 % del total nacional. Para DescLAB, estas diferencias evidencian que la garantía del derecho a morir dignamente aún depende en gran medida del territorio donde se solicita, lo que sigue planteando un reto para la equidad en el acceso”, señala el informe de DescLAB.

Desde 2015 en Colombia se han realizado un total de 1.044 procedimientos de muerte médica asistida mediante la eutanasia, frente a un total de 2.491 solicitudes de eutanasia contabilizadas desde 2021. La tasa de aprobación es de 3 de cada 10 casos. En Risaralda el indicador mejora con 4 de cada 10 casos aprobados.
Gracias a la Corte Constitucional Colombia es uno de los países que cuenta con mayores avances jurídicos con respecto al Derecho a Morir Dignamente. A pesar de esto, desde el caso de Ovidio González, el padre del humorista Matador, quien fue la primera persona que accedió a la eutanasia en 2015, en la ciudad de Pereira, el Congreso de la República no ha aprobado todavía una ley completa que regule el acceso a este derecho. En cambio, Uruguay acaba de aprobar el miércoles pasado la primera Ley de Eutanasia de América Latina.
“Los reportes del Ministerio de Salud y Protección Social sobre las respuestas dadas por los comités a los solicitantes presentan serias deficiencias. De 1.121 activaciones de comités durante el 2024, no hay información para 507 casos (45,2%), es decir, la autoridad sabe que los comités se activaron, pero no tiene información adicional. Para los casos restantes, 529 solicitudes, se aprobó el procedimiento y para el restante, 85 solicitudes, se negó. Para las 529 solicitudes aprobadas, 469 personas reiteraron su voluntad, pero solo fueron practicados 352 procedimientos, lo que indica que por lo menos 117 personas fallecieron esperando a que su procedimiento de eutanasia fuera practicado”, agrega el informe de DescLAB.
A pesar de que los mecanismos para la muerte digna en Colombia gozan de alta aceptación entre los ciudadanos, con cifras que oscilan entre el 68,5% y el 72,5% de aceptación, de acuerdo con encuestas realizadas por Invamer y Cifras y Conceptos, las barreras de acceso a los mecanismos son muchas y muy variadas:
- Negación de la existencia del derecho a morir dignamente.
- Fallas generalizadas en la respuesta y trámite de las solicitudes.
- Uso inconstitucional de la objeción de conciencia para obstaculizar el derecho a morir dignamente.
- Falta de disponibilidad e imposición de cuidados paliativos para acceder a la muerte médicamente asistida.
- Ausencia de una reglamentación actualizada y completa del derecho a morir dignamente.
- Formación deficiente de los profesionales de la salud para garantizar los derechos en el fin de la vida.
- Ausencia de una red amplia de prestadores y servicios y concentración geográfica de los procedimientos.
Camila Jaramillo Salazar, abogada de DescLAB, señala que lo que con mayor frecuencia sucede, ante una solicitud de un paciente para iniciar el proceso de evaluación para acceder al derecho a morir dignamente es justamente lo que le pasó a la tía Tina: los médicos no saben cómo proceder. Y esto ocurre, señala, porque no hay interés por parte de ellos, ni de las IPS en donde trabajan, de conocer y actualizarse frente a las disposiciones del Ministerio de Salud sobre el asunto.
“Tener derecho a morir dignamente significa que las personas puedan tomar decisiones autónomas sobre el fin de sus vidas y sobre su muerte. Incluye también la posibilidad de encontrar la asistencia médica para acceder a una muerte segura, acompañada y protegida en el momento preciso en que se desee. Se trata de un derecho multidimensional que incluye varios mecanismos para su materialización, los cuales brindan diferentes opciones para que las personas decidan según sus deseos y posibilidades”.
Natalia García, presidenta del Tribunal de Ética Médica de Caldas, aporta su visión sobre el estado de la conversación alrededor de la eutanasia en esta región del país: “Es un tema complejo. Desde mi experiencia, por mi formación en bioética y por el acompañamiento que he hecho en distintas IPS de la ciudad, falta muchísimo. Hay un tema de juicios de valores morales que siguen estando presentes, algunos médicos también son reacios. Todavía se presentan casos como el de la tía de Lorena, que asesoré, y donde se presentan estas disrupciones en casos de solicitud de la eutanasia. Creo que hay que visibilizar la situación. En Manizales trabajamos el tema en pregrado y posgrado y en la actualización médica del gremio, pero en el departamento la discusión es compleja como lo evidencian los datos de DescLAB que hace una revisión juiciosa de la información existente”.
Los datos de eutanasias realizadas son todavía tan pocos que en el informe de DescLAB puede percibirse la incidencia de un buen comité de muerte digna o de un grupo de médicos educados en derecho y que respetan la autonomía de las personas sobre el número de casos aprobados. Por otro lado, el acceso a la eutanasia presenta las mismas desigualdades derivadas de condiciones socioeconómicas: quienes más dinero tienen más fácilmente acceden y hay indicios de que son las solicitudes de las mujeres las que suelen ser rechazadas con mayor frecuencia.
Lorena Gómez reflexiona sobre lo que esta experiencia le dejó a ella y a su familia: “quizá los médicos deban aprender que morir también es curarse. Luchan contra la muerte para mantener una vida que ya no es vida porque la entienden como un fracaso. Pero una mirada más compasiva de la humanidad de sus pacientes y del respeto por su criterio y autonomía, debería llevarlos a una perspectiva del alivio del sufrimiento, aún si esto representa, como es lo natural, que esa vida cese”.

Rutas y hospitales
El Documento de Voluntad Anticipada —DVA es una herramienta jurídica que le permite a las personas tomar decisiones de manera anticipada sobre el final de sus vidas. Se hace uso de este cuando la persona no puede expresar su voluntad o consentimiento. Aquí puede descargarlo.
Según datos de la Superintendencia de Salud estas son las IPS del Eje Cafetero que tienen contratado el servicio de Muerte Médicamente Asistida — MMA:
Caldas:
- Clínica Ospedale Manizales
- Oncólogos de Occidente
- SES Hospital de Caldas
Risaralda:
- Hospital Mental Universitario de Risaralda
- Liga Contra el Cáncer Risaralda
- Caja de Compensacion Familiar de Risaralda, Comfamiliar
- Centro Oncologico del Caribe de Colombia
- Clinica Los Rosales
Quindío:
Hospital Departamental Universitario del Quindio, San Juan de Dios