La discusión sobre la eficacia, transparencia y acceso a la justicia en Colombia no es algo novedoso. Los diferentes intentos para mejorarla y ajustarla a las necesidades de la sociedad y las familias han sido infructuosos. La lentitud con la que se resuelven los asuntos de las víctimas del conflicto armado interno por parte de la justicia colombiana es un ejemplo de ello, y ni qué decir cuando se trata de problemas relacionados con violencia intrafamiliar. Hago la comparación porque la violencia intrafamiliar, igualmente, es un problema estructural de la sociedad que la justicia no está enfrentando eficazmente.
La mayoría de las familias en Colombia vive dinámicas violentas. Ello desvirtúa a la familia como el espacio más seguro e idílico, el cual, bajo el manto de privacidad, se convierte en cómplice de las violencias psicológica, física, sexual, vicaria, económica y patrimonial entre sus integrantes. La Defensoría del Pueblo, citando a la Fiscalía General de la Nación, reporta que desde el 1 de enero hasta 31 de mayo de 2025 se han denunciado 7.302 casos de violencia intrafamiliar contra la mujer y 302 contra mujeres OSIGNH-LBT (Orientación Sexual e Identidad de Género No Hegemónica – Lesbiana, bisexual y transgénero). Más allá de calificar las cifras como altas o bajas, estas indican que la norma prohibitiva de este delito no cumple su fin y mucha responsabilidad corresponde al aparato judicial.
Cuando el conflicto familiar escala a golpes, abusos, violaciones, secuestros o torturas, las víctimas acuden a las Comisarías de Familia y Jueces de Familia. Esta justicia especializada fue creada para reivindicar derechos vulnerados y amenazados al interior de la familia a la luz de los tratados internacionales suscritos por Colombia, la jurisprudencia de las Altas Cortes y la ley. Lo problemático es que, a pesar de que exista este andamiaje jurídico, las víctimas de este flagelo no están encontrando una respuesta eficiente y oportuna de cara a sus complejas realidades familiares. Las demoras, las dilaciones o la negación de acceso por parte de Comisarios o Jueces de Familia están provocando que dicho andamiaje no cumpla su objetivo y los hechos de violencia intrafamiliar sigan ocurriendo.
Las víctimas de violencia intrafamiliar se encuentran en un escenario en el que deben defenderse de su agresor al interior de la familia y, al mismo tiempo, suplicar por un servicio eficiente de la justicia. Esta última se convierte en muchos casos en contraparte al normalizar, justificar, silenciar e inobservar hechos que son violencia intrafamiliar en sentido estricto. Dicho papel le da la espalda a la parte más débil de la relación; no influye positivamente con resolver los conflictos familiares, e inclusive, en muchos casos los empeoran; y peor aún, empodera y libera al victimario de su responsabilidad.
La falta de rigor de la justica está revictimizando a quienes ya son receptores de violencia intrafamiliar: niños, niñas, adolescentes, mujeres, hombres y LGTBIQ+. Aunque la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia han dictado fallos dotados de herramientas para mitigar y acabar con la violencia intrafamiliar, como por ejemplo La Convención de Belém do Pará, La Convención de los Derechos del Niño y el CEDAW, estos no son soporte argumentativo para la toma de decisiones de las Comisarías de Familia, el ICBF y los jueces, desatendiendo así la línea jurisprudencial unificada por las Cortes y desaprovechando el impacto positivo que puede llegar a tener en la familia y en la sociedad. Mientras esta desconexión exista, en el ciudadano no recaerán los efectos positivos de la norma a través de la administración de justicia.